jueves, 2 de julio de 2009

Solicitan DGII aclare régimen fiscal de las instituciones sin fines de lucro




Por Tony Arias Gil

La Alianza ONG y representantes del sector de organizaciones sin fines de lucro solicitaron a la Dirección de Impuestos Internos que clarifique la situación de la ley 122-05 que plantea una exención total de impuestos a estas entidades, pero que la DGII no está aplicando en su totalidad.

En un artículo publicado en la más reciente edición de la revista Gestión & Competitividad se señala que “en algunos casos se le ha otorgado exención de ITBIS a alguna entidad no gubernamental, pero en otras ocasiones a la misma institución se la ha negado”, por lo que “eso lo que hace es que nos dificulta más nuestra operatividad”, asegura Rosa Rita Álvarez, expresidenta de Alianza ONG.
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El artículo de la revista explica que “desde la promulgación de la ley hasta la fecha no se ha podido oficializar una norma de la Dirección de Impuestos Internos que permita a estas entidades acceder” a la exención fiscal completa. La ley 122 del 2005 señala que “las Organizaciones Sin Fines de Lucro, una vez cumplidos los requisitos legales para su constitución y sean autorizadas a operar en el país, gozarán de una exención general de todos los tributos, impuestos, tasas, contribuciones especiales, de carácter nacional o municipal, vigentes o futuros”.

Señala además que se elaboró “un reglamento y una norma que estipulan claramente qué tipo de organización sin fines de lucro podría beneficiarse de esa exención”. No obstante “lo que en la realidad está pasando es que en cada caso hay que ir a la DGII y hacer la solicitud (de exención). Se toma su tiempo, cuando ellos entienden que procede la dan, cuando ellos entienden que no ponen muchas trabas”, explica Magaly Caram, directora ejecutiva de PROFAMILIA.

El artículo plantea también que las entidades sociales entienden que “pagar impuestos les resta posibilidades de ejecutar programas sociales más amplios”, sobre todo, porque la ley plantea claramente a qué tipo de organización social no se le cobraría impuestos.

Magaly Caram señala que hay programas sociales que están llevando a cabo que podrían estar en peligro de dejar de cumplir sus metas, porque los organismos donantes entienden que la ley 122-05 les dice que sus acciones están exentas del pago de gravámenes. “Esto trae como consecuencia que los programas se perjudiquen, que no alcancen las metas, que el país quede mal, que la gente se muera de tuberculosis, que la gente no reciba los medicamentos a tiempo, que la supervisión no sea adecuada, que el país quede desprestigiado porque no cumpla su meta”.

El artículo señala que “cuando no existía la ley debían pagar los impuestos, los cuales eran incluidos en sus presupuestos a las agencias internacionales”.

“Las agencias entienden que nosotros no tenemos por qué pagar impuesto, por lo tanto, cuando tú presentas un presupuesto, ellos quieren que tú no le contemples la parte del impuesto”, señala Rosa Rita Álvarez, presidente de Mujeres en Desarrollo.

El experto tributario Ludovino Colón plantea que es un tecnicismo de la DGII no otorgarle la exención del ITBIS a las ONG´s. “Es incomprensible que una entidad sin fines de lucro tenga que llevar a cuestas el costo del ITBIS y de los demás impuestos indirectos, tales como el impuesto selectivo al consumo, el impuesto sobre la transferencia de bienes inmobiliarios, etc. Más allá de un espíritu fiscalista, la DGII debería ver el espíritu de la exención, que es desgravar estas entidades y que sus operaciones sean menos costosas”, señala el experto.

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